La Libertad Religiosa y el Principio de Laicidad en los Centros Educativos de Francia


Pormathiasfoletto- Postado em 09 abril 2013

Autores: 
ZABALA, María Lourdes Labaca

 

 

Sumario: Introducción. I.- El principio de laicidad en Francia. 1.- El principio de laicidad a través de la historia y en el ordenamiento jurídico. 1.1.- Fundamentos históricos de la laicidad. 1.1.1.- Fundamentos teóricos: de la laicidad sin libertad a la laicidad en tolerancia. 1.1.2.- La etapa revolucionaria: el primer periodo de laicización en la sociedad francesa. 1.2.- La laicización en los centros escolares públicos. 1.2.1.- La ley de 28 de marzo de 1882 de enseñanza obligatoria. 1.2.2.- La Ley de 20 de octubre de 1886 sobre la organización de la enseñanza en primaria. 2.- La separación Iglesia-Estado. 2.1.- La Ley de 9 de diciembre de separación Iglesia-Estado. 2.2.- El pacto laico o el umbral de la segunda laicidad. 2.3.- La laicidad cuenta con ciertas especificidades. 3.- Particularidades aplicadas en ciertos territorios de la República francesa. 3.1.- El reconocimiento del principio de libertad de enseñanza en determinados centros educativos privados. 3.2.- El régimen jurídico que se desprende de la Ley de 31 de diciembre de 1959. 3.3.- El estatuto de Alsacia-Moselle. 3.4.- Los demás territorios con estatuto particular. II.- La laicidad francesa, un modelo original a confirmar. 1.- El modelo francés de laicidad. 1.1.- ¿La laicidad francesa: un modelo original? 1.1.1.- La influencia extranjera. 1.1.2.- Un modelo único en su género: el caso de la enseñanza religiosa. 1.2.- La laicidad multiforme: los ejemplos extranjeros. 1.2.1.- La diversidad de modelos europeos. 1.2.2.- La influencia de los modelos europeos en la actitud ante el problema de los símbolos religiosos en la escuela. 2.- El debate en relación con el fenómeno religioso en el Proyecto de la Constitución europea. 2.1.- Los términos a debate en el seno de la Convención. 2.2.- La disposición de compromiso contenido por la Convención. 2.- El modelo de laicidad en crisis. 2.1.- La adhesión del Islam al pacto laico. 2.2.- El intento de una redefinición de la laicidad a la francesa. 3.- La reafirmación de la laicidad como ideal de integración. III.- Las manifestaciones de la pertenencia a una confesión religiosa o política traslucen dificultades en la escuela como lugar de integración. 1.- La escuela como lugar de aprendizaje de vivir en sociedad y de preservar la identidad de los valores de la República. 2.- Los nuevos retos que se plantean como consecuencia del respeto de la laicidad en la escuela. 3.- ¿Puede el diálogo y la mediación acabar con los equilibrios frágiles que se han logrado en la sociedad? 4.- La posición de algunas asociaciones de alumnas. 5.- La escuela debe ser el lugar de aprendizaje de los alumnos. 6.- Los conflictos y reivindicaciones comunitaristas no pueden producirse dentro de los centros educativos. 7.- La escuela como lugar de integración social, sobre todo, de los jóvenes más desfavorecidos. 8.- ¿Podemos considerar que el llevar símbolos religiosos o políticos es una de las manifestaciones del comunitarismo? a) Llevar el velo y la búsqueda de la identidad. b) El llevar el velo, los ghettos y el incremento de la violencia. c) Llevar el velo y el estatuto de la mujer en la sociedad. d) Otros símbolos de pertenencia religiosa suponen un símbolo de identidad. 9.- El fundamentalismo religioso como telón de fondo. a) Las asociaciones integristas tratan de ocupar el espacio que se ha dejado libre en las ciudades. b) La lucha de las mujeres musulmanas por la emancipación en Francia y la oposición al velo islámico. c) Los conflictos internacionales y la exacerbación de la violencia sobre las jóvenes. IV- Conclusiones.

Introducción

El principio de laicidad se contiene en el artículo primero de la Constitución, en el que se contienen los valores de respeto, tolerancia y diálogo, siendo el centro de la identidad de la República francesa.

Podemos destacar que, la laicidad garantiza la libertad de conciencia de todos los ciudadanos, protege la libertad de creer y de no creer, asegurando a cada ciudadano la posibilidad de vivir y manifestar su fe y de practicar su religión.
Durante los últimos años, a pesar del peso que ha tenido el principio de laicidad en la sociedad francesa, se ha iniciado un proceso en el que se manifiestan dificultades que han suscitado un gran debate en la sociedad francesa, especialmente relacionados con ciertos servicios públicos, como centros educativos, hospitales….

Por ello, la reafirmación del principio de laicidad en la escuela, adquiere un lugar destacado, tanto en la adquisición como en la transmisión de valores comunes de la República, instrumento que tiene su base y fundamento en la idea de República, cuestión hoy día que se ha convertido en indispensable.

Así pues, la escuela debe preservar y asegurar la legalidad del cambio, ya que estamos en presencia de un lugar especialmente privilegiado en el que se adquieren y transmiten los valores comunes de la sociedad, que tienen su base en la igualdad de los niños y niñas, quienes deben respetar y preservar la laicidad de la escuela de la República. Sólo la neutralidad de la escuela puede asegurar el respeto de la libertad de conciencia de los alumnos, así como, el respeto de todo tipo de convicciones.

En relación con todo ello, a partir del trabajo desarrollado por Bernard Stasi, a propuesta de la Asamblea Nacional francesa, los partidos políticos, las autoridades religiosas, los representantes de las grandes corrientes de pensamiento, el Presidente de la República, ha tenido la ocasión de manifestar, en su discurso del 17 de diciembre de 2003, que está prohibido en todo tipo de centro educativo público, llevar símbolos religiosos manifiestamente ostensibles de pertenencia a una confesión religiosa.

Fruto de este debate se ha iniciado el estudio del Proyecto de Ley, que se ha incluido en el artículo L.141-5-1 del Código de educación de Francia, en el que se contiene la prohibición de llevar símbolos religiosos ostensibles en los centros educativos públicos franceses. Estos símbolos son: el velo islámico, la Kippa, o el crucifijo de dimensiones excesivas. Por el contrario, los símbolos religiosos discretos de pertenencia a una determinada confesión religiosa están permitidos.

El presente estudio se va a ocupar de determinar si llevar símbolos religiosos ostensibles en los centros educativos públicos es compatible con el principio de laicidad consagrado como principio fundamental de la República francesa, Por ello, inicialmente nos ocuparemos de determinar el origen y la evolución del principio de laicidad en la sociedad francesa, seguidamente, trataremos de determinar el contenido del principio de laicidad, su crisis y su redefinición. A continuación nos ocuparemos de concretar si el llevar símbolos religiosos a las aulas cuestiona el principio de laicidad. Y por último realizaremos una conclusiones críticas en relación con las posiciones que se han adoptado en Francia en los últimos años en relación con la laicidad y su compatibilidad con los símbolos religiosos en las aulas.

I.- El Principio de laicidad en Francia

Si actualmente el hecho de que los alumnos lleven símbolos religiosos ostensibles a la escuela está cuestionada por parte de la sociedad francesa, el fundamento de esta idea reside en que se entiende que la misma ataca frontalmente los principios fundamentales de la República francesa, especialmente la laicidad. El Principio de laicidad es parte integrante del patrimonio de la sociedad francesa, que se ha construido a través de un largo camino, es la expresión de un principio fundamental y se ha trasladado al ordenamiento jurídico. En la actualidad, la laicidad es fruto del consenso de la sociedad francesa, con gran capacidad de adaptación a nuevas situaciones que se producen en la sociedad, a pesar de lo cual, podemos destacar que el llevar símbolos religiosos en los centros educativos públicos franceses puede considerarse como contrario a dicho principio.

1.- El principio de laicidad a través de la historia y en el ordenamiento jurídico

Qué supone la laicidad? La definición clásica de la laicidad podemos considerarla como un reenvío al carácter laico, lo que supone que no es ni eclesiástico ni religioso. Etimológicamente, laicidad designa el “laos”, es decir, el pueblo considerado como un todo indivisible, lo que nos remite simultáneamente al principio de libertad y de igualdad.
1.1.- Fundamentos históricos de la laicidad

Si la laicidad, como forma de organización de una sociedad, puede considerarse como un fenómeno relativamente reciente, relacionado con el surgimiento del Estado-Nación, el principio de la distinción entre poder temporal y poder espiritual, el fundamento real del Principio de laicidad hunde sus raíces en un pasado lejano. El problema surge al mismo tiempo que el concepto de democracia, que trata de conciliar los dos tipos de poder, uno en la legitimidad del sufragio, y el otro directamente en lo sagrado.

1.1.1.- Fundamento teórico de la laicidad: de la laicidad sin libertad a la laicidad en tolerancia

Las guerras religiosas en Francia y la guerra civil inglesa suponen un movimiento de Reforma que constituye la bisagra que tratan de resolver el problema generado por parte del poder político que trata de emanciparse del poder religioso. Serán Bodin (1530-1596) y Hobbes (1588-1679) quienes reconocen las primeras vías para resolver el conflicto. El primer fundamento de la teoría mostrada por los autores señala que el Estado no puede estar limitado por las pretensiones religiosas, ni que el poder religioso no puede inmiscuirse en cuestiones públicas. De todo ello se desprende que la primera articulación de la teoría del Estado laico, en la filosofía moderna, supone que estamos en presencia de una laicidad sin libertad.

Posteriormente, Locke (1632-1704) supera la contradicción mostrada por los autores anteriores e introduce un nuevo concepto, la tolerancia, en el centro de su teoría. Su posición se inscribe en la lógica protestante, lo que supone que se abre una vía para el proceso de laicización, entendida como secularización, que es la propia de los países de tradición protestante.

Finalmente, Rousseau, en su obra, “Contrato social” (1762) va un poco más lejos. Entiende que el Estado es el instrumento que hace que los ciudadanos logren sus fines, a través de la adhesión al contrato social, lo que supone que estamos en presencia de la expresión de la voluntad popular, sacando la noción de sagrado del poder político.

Así pues, la laicidad francesa es la heredera de esta concepción que rechaza que los grupos acuerden determinadas reglas específicas con el fin de evitar que la sociedad se desintegre. En la actualidad, el principio de laicidad francesa responde a esta exigencia que supone el mantenimiento de la unidad de la sociedad. Por ello, el pacto de laicidad tiene vocación de imponerse a todo ciudadano, lo que supone que, el Estado debe conjugar el principio de laicidad con la neutralidad y con el respeto al pluralismo.

El principio de laicidad, que se contiene en la Ley de 9 de diciembre de 1905, supone la separación del Estado y la Iglesia, que es lo que en la actualidad se aplica en la sociedad francesa.

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