LOS CONTRATOS WEB
La creación de la web
está ampliamente documentada, así como las hazañas
de sus héroes1, por lo que no insistimos
más en el tema. No obstante, antes de entrar en el tema de las principales
figuras jurídicas que están envueltas en la construcción
de la gran telaraña, es importante clarificar brevemente los términos
siguientes:
En cuanto a la naturaleza jurídica
de los contratos de examen, cabe aclarar que los que aquí nos conciernen
son solamente los de índole civil o mercantil; es decir, aquellos
convenios donde no medie subordinación laboral.
Contrato de diseño de sitios
web
Objeto de la contratación
A partir del análisis de
los requerimientos expresados por el cliente, y a cambio del precio convenido,
el diseñador deberá generar y entregar al interesado un conjunto
completo de especificaciones lógicas para la construcción
de un sitio web.
Obligaciones del contratista
Sin perjuicio de que las partes
convengan otra cosa en ejercicio de su autonomía contractual, los
deberes del diseñador usualmente comprenderán:
En la práctica, la labor
de construcción de un sitio web puede ser continua y confundirse
hasta cierto punto con la mantenimiento, cuando se trate de suplir nuevos
contenidos o páginas al sitio si las características de éste
así lo demandan. Sin embargo, lo normal en este caso será
la contratación laboral, ya no civil o mercantil, de técnicos
y profesionales que se dedicarán a esa labor de modo asalariado.
Obligaciones del contratista
Obligaciones del contratista
Obligaciones del contratista
2 = "Hypertext markup language" o lenguaje de marcación de hipertexto.
3 = En la práctica, las páginas web pueden incorporar otros elementos y especificaciones como SMGL y XML, pero el detalle de estos aspectos carece de relevancia para este trabajo.
4 = O "browser", como el Netscape Navigator, Microsoft Internet Explorer, Opera, Linx, etc.
7 = En adelante emplearemos el modo singular para referirnos a los involucrados en la creación y funcionamiento de un sitio web ("el diseñador", "el cliente", etc.). Desde luego, todo lo que se diga es igualmente aplicable cuando se trate de múltiples personas físicas o jurídicas.
8 = HESS ARAYA, Christian. Esquema y estructura de los sistemas de información jurídica. Ponencia al VII Congreso Iberoamericano de Derecho e Informática, Lima, 2000 (inédita a la fecha).
9 = Nótese que la composición de los textos, las generación de imágenes de catálogos de productos y otros elementos similares pueden haber sido obtenidos por el contratante a través de un convenio separado. Por ejemplo, las publicaciones en línea regularmente contratan autores que escriban los artículos, ensayos y demás piezas que figurarán en la revista, periódico o similar. O bien adquieren fotografías, dibujos, etc., de proveedores que se dedican profesionalmente a esa labor. No tratamos aquí esas contrataciones porque no son directamente atinentes al diseño o construcción en sí del sitio web.
10 = "Web hosting" en la terminología anglosajona.
11 = Nótese que no hablamos de "precio", ya que es popular la opción de ofrecer este servicio de modo gratuito pero a cambio de que el usuario brinde un aporte, tal como tolerar la inserción de anuncios publicitarios en su sitio web, brindar información personal, etc.
12 = Normalmente será el servicio de transferencia de archivos denominado ftp.
13 = Un nombre de dominio es resuelto correctamente cuando un "servidor de nombres" ("name server") de Internet traduce exitosamente ese nombre, que es una cadena alfanumérica (como por ejemplo "www.yahoo.com") en la correspondiente dirección IP, que es una secuencia numérica (como por ejemplo 210.125.2.78). El proceso es similar a buscar el número telefónico de una persona en la guía, a partir de su nombre.
14 = URL significa "uniform resource locator". Si, por ejemplo, la dirección del contratista en la red es www.contratista.com y su cliente es de apellido Rojas, entonces la dirección subordinada resultante podría ser algo así como www.contratista.com/rojas/.
15 = Un "motor de búsqueda" es un sitio web que se dedica a catalogar otros sitios web, de manera similar a las conocidas "páginas amarillas" de la guía telefónica. Es frecuente que los navegantes de Internet localicen sitios de su interés a partir de estos extremadamente útiles servicios.
16 =
Por ejemplo, podría ocurrir que el dueño u operador del servicio
sea tenido como solidariamente responsable por las ofensas al honor de
otras personas que resulten del contenido de una página web.
Retirado de: http://derin.uninet.edu/